Un ciudadano logra cancelar más de 35.000 euros en deudas con la Ley de Segunda Oportunidad
Un cliente de Bufete Montes Abogados ha conseguido liberarse de una deuda superior a 38.000 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, tras la resolución dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz. Este caso, gestionado con éxito por el equipo de expertos en derecho concursal del despacho, resalta la eficacia de este mecanismo jurídico para personas en situación de insolvencia.
La deuda acumulada, que ascendía a más de 35.400 euros, era consecuencia de una serie de circunstancias personales y económicas adversas. El cliente sufrió un deterioro significativo en su estabilidad financiera a raíz de la pandemia de COVID-19, un evento que afectó drásticamente tanto a su vida personal como laboral. Durante los primeros meses de la crisis sanitaria, su pareja perdió su fuente de ingresos debido al cierre obligatorio de establecimientos, lo que le obligó a asumir en solitario las cargas económicas familiares. Esta situación se agravó con su inclusión en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), reduciendo aún más sus ingresos.
Con la intención de cubrir los gastos diarios y garantizar el bienestar de su familia, el cliente recurrió a varios créditos personales. Sin embargo, un cúmulo de eventos, incluyendo la ruptura de su relación sentimental y la necesidad de reducir su jornada laboral para adaptarse a un régimen de custodia compartida, lo llevó a una situación de sobreendeudamiento que no pudo revertir.
La resolución dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz demuestra el compromiso de la legislación concursal española para garantizar una solución justa y equilibrada ante situaciones de insolvencia. En este caso concreto, el juez valoró la insuficiencia de la masa activa para cubrir las deudas del cliente, quien cumplía con los requisitos de buena fe exigidos por el artículo 486 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).
Además, se verificó que el cliente no incurrió en ninguno de los supuestos de exclusión establecidos en el artículo 487 del TRLC, como sanciones tributarias muy graves o deudas derivadas de responsabilidad penal. Por otro lado, los acreedores, en su mayoría entidades financieras, no se opusieron a la solicitud, lo que permitió agilizar el procedimiento y alcanzar una resolución favorable en un plazo reducido.
La exoneración, según lo dispuesto en el artículo 502 del TRLC, libera al cliente de todas las deudas incluidas en el pasivo insatisfecho, permitiéndole retomar el control de su vida financiera. Este beneficio no solo representa un alivio económico para el deudor, sino que también refleja el espíritu de la Ley de Segunda Oportunidad: ofrecer un nuevo comienzo a personas honestas que, debido a circunstancias extraordinarias, han caído en una situación de insolvencia insostenible.
Este logro subraya la importancia de contar con asesoramiento profesional para afrontar situaciones de insolvencia. La Ley de Segunda Oportunidad, aunque técnicamente compleja, se consolida como una herramienta accesible y eficaz.
Si su situación financiera no le permite afrontar sus deudas, en Bufete Montes ponemos a su disposición un equipo de profesionales expertos en materia concursal que le orientarán y asesorarán sobre las vías de actuación oportunas en su caso y las posibilidades de exoneración o eliminación de su deuda.
Para ello, puede contactar con su abogado de referencia en Bufete Montes González o escribirnos a bufetemontes@outlook.com Abogados, llamarnos al 856 222 120 o 682 152 559 o redactar su consulta el formulario en nuestra web.
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