Recibimos cada día muchas preguntas sobre el complemento de brecha de género: quién puede solicitarlo, cómo se tramita, cuánto tiempo tarda…
Y como no queremos que nadie se quede con dudas, hoy respondemos a las más frecuentes.
💬 Si alguna te suena familiar, sigue leyendo.
❓ ¿Puede pedirlo mi padre?
Sí, los hombres también pueden solicitarlo, siempre que cumplan ciertos requisitos.
En concreto, si es pensionista (jubilación, incapacidad o viudedad) y tiene hijos biológicos o adoptados, puede reclamarlo si puede demostrar que su carrera profesional se vio afectada por la paternidad.
Además, gracias a la reciente sentencia del TJUE, la diferencia de trato con respecto a las mujeres ha sido declarada discriminatoria, lo que abre la puerta a muchas más reclamaciones de hombres.
❓ ¿Y si ya estoy cobrando una pensión?
¡Perfecto! Porque este complemento no sustituye ni modifica tu pensión, sino que la incrementa.
Si estás cobrando una pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad), y tienes al menos un hijo, puedes solicitar el complemento ahora, aunque llevas años jubilado.
⚠️ Y recuerda: el Tribunal Supremo ha dicho que no prescribe, así que puedes reclamar desde 2016.
❓ ¿Cuánto tarda el proceso?
Depende de la vía:
- Administrativa: puede tardar entre 2 y 6 meses
- Judicial (en caso de denegación): puede extenderse entre 6 y 12 meses, pero merece la pena, ya que hay muchas sentencias favorables y se cobra con carácter retroactivo
❓ ¿Y si me lo deniegan?
No te preocupes. Es bastante común, sobre todo en el caso de los hombres.
Pero eso no significa que no tengas derecho. Puedes seguir reclamando por la vía judicial, donde muchos están ganando sus casos y recuperando miles de euros en atrasos.
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