El Tribunal Supremo ha fallado a favor de una trabajadora interina, reconociendo su derecho a recibir una indemnización tras la extinción de su contrato temporal, a pesar de haber sido recontratada al día siguiente en otro puesto.
El caso: 12 años de contratos temporales
Esta trabajadora había estado 12 años contratada temporalmente por la Comunidad de Madrid. Su plaza fue incluida en un proceso de selección, pero al no superar la prueba, fue cesada y sustituida por otra persona. Sorprendentemente, al día siguiente fue contratada de nuevo como interina.
La clave: interinidad prolongada y fraude en la temporalidad
El Supremo ha dejado claro que una situación de interinidad que se prolongue más allá de tres años se convierte en fraudulenta. En tal caso, el trabajador debe ser considerado como «indefinido no fijo». Este reconocimiento es crucial, ya que implica que los derechos del trabajador, incluidos los indemnizatorios, se mantienen incluso si es recontratado en otro puesto.
¿Por qué recibe indemnización si fue recontratada?
El Tribunal también ha dejado claro que la recontratación no anula el derecho a una indemnización por la extinción del contrato anterior. Aunque esta oferta pública de empleo se realizó antes de la Ley 20/2021, que busca reducir la temporalidad en el empleo público, el Supremo ha equiparado el cese de esta trabajadora a un despido objetivo, concediéndole una indemnización de 20 días por año trabajado.
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